martes, 28 de octubre de 2014

¿Cómo pueden tener tanto morro?

Agustín Markaide. Presidente de Eroski

Vamos a contar el caso de un asociado:


A finales de 2012 tomó la decisión de anular la tarjeta de compra de Eroski al sentirse estafado por las preferentes vascas. Con ello confiaba en que, si ya no tenía su tarjeta, no volvería a recibir comunicaciones por parte de la cooperativa vasca.


Pantallazo del SMS recibido


El 21/08/2014 le llegó un SMS a su teléfono móvil informándome de una promoción. Según recibió el mensaje llamó por teléfono y les dijo que no quería volver a recibir ninguna comunicación de esa compañía y que le borrasen de sus bases de datos o que se vería obligado a denunciarles ante la Agencia de Protección de Datos. Ellos le dijeron que, al haber tenido la tarjeta de Eroski, tal vez se les podía “haber colado algún dato” y que le pedían disculpas y que pasaban aviso para que borrasen todos sus datos.

El 27/10/2014 (dos meses después de solicitarles que le borrasen de sus bases de datos) le llega a casa una carta con 2 tarjetas de Eroski. Les vuelve a llamar y le dicen que son tarjetas de Travel Club. Él les dice que se las ha enviado Eroski y que ya les dijo que le borrasen de sus bases de datos y que les va a denunciar antes la Agencia de Protección de Datos.

El asociado ya ha denunciado el caso ante la Agencia Española de Protección de Datos. Por cierto, cuando ha llamado a Eroski para preguntarles su CIF (les ha dicho que era para denunciarles) no parece que les haya hecho mucha gracia.

Ante esto se nos plantean varias cuestiones:
  • ¿Tiene Eroski impunidad para saltarse la LOPD?
  • ¿Están por encima del bien y del mal?
  • ¿Qué pretenden? ¿Que encima de cornudos seamos apaleados?
Si alguien está en la misma situación se puede poner en contacto con la Agencia de Protección de Datos de las siguientes maneras:





17 comentarios:

  1. Lo del morro tiene fácil explicación. Se sienten arropados por todos (Gobierno Vasco, Partidos Políticos, muchos medios de comunicación, etc. Por eso se sienten por encima del bien y del mal y hacen estas cosas. Quieren fidelizar a la gente a toda costa, viendo el empuje de otras grandes empresas que vienen y se implantan en Euskadi.

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  2. Se trata de hacer las cosas bien: la solicitud de baja en la base de datos debe hacerse por escrito y, a poder ser, con acuse de recibo.
    Se se ha sido titular de una tarjeta, con seguridad se firmó la cesión de uso de datos para promociones, como es el caso de la tarjeta travel.
    Dudo que la Agencia de proteccion de datos curse ninguna denuncia que este soportada en una llamada de telefono.

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  3. No hay donde rascar. Es una pena, pero darse de baja y que no consten tus datos en una base de datos es un engorro de 1000 pares de ... Te pueden captar tus datos por teléfono pero para darlos de baja hay un formalismo extremo, escrito + DNI + etc... al sitio donde ellos quieran (tiene que estar establecido), esto hace que mucha gente no ejecute sus derechos o simplemente no se den por enterados si no se ha cumplido todos los formalismos.

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  4. SAN SEBASTIÁN, 28 Oct. (EUROPA PRESS) -

    El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vergara ha condenado a Laboral Kutxa a devolver a un cliente 172.825 euros, importe que destinó a la adquisición de aportaciones financieras subordinadas de Eroski.

    La sentencia, fechada el pasado día 17, declara la nulidad de pleno derecho del contrato de adquisición de las aportaciones financieras subordinadas de Eroski, suscritas en junio de 2007, y condena a la entidad a abonar las cantidades recibidas como consecuencia del contrato, más el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción del mismo.

    La decisión puede ser impugnada mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Guipúzcoa en el plazo de 20 días hábiles.

    El tribunal concluye que "no se obró con la diligencia debida" tanto en la elección del inversor "de perfil claramente conservador, sin estudios y camionero de profesión" como en la facilitación de la información "necesaria y suficiente para que pudieran decidir sobre la conveniencia o no de la suscripción de la emisión".

    De este modo, destaca que "el consentimiento del actor al contrato de participaciones que celebró con Caja Laboral estaba afectado de un error esencial acerca de la verdadera naturaleza de los instrumentos financieros que contrataba", ya que no fue informado "con detalle" del producto de riesgo que adquiría.



    SAN SEBASTIÁN, 28 Oct. (EUROPA PRESS) -

    " El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vergara ha condenado a Laboral Kutxa a devolver a un cliente 172.825 euros, importe que destinó a la adquisición de aportaciones financieras subordinadas de Eroski.

    La sentencia, fechada el pasado día 17, declara la nulidad de pleno derecho del contrato de adquisición de las aportaciones financieras subordinadas de Eroski, suscritas en junio de 2007, y condena a la entidad a abonar las cantidades recibidas como consecuencia del contrato, más el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción del mismo.

    La decisión puede ser impugnada mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Guipúzcoa en el plazo de 20 días hábiles.

    El tribunal concluye que "no se obró con la diligencia debida" tanto en la elección del inversor "de perfil claramente conservador, sin estudios y camionero de profesión" como en la facilitación de la información "necesaria y suficiente para que pudieran decidir sobre la conveniencia o no de la suscripción de la emisión".

    De este modo, destaca que "el consentimiento del actor al contrato de participaciones que celebró con Caja Laboral estaba afectado de un error esencial acerca de la verdadera naturaleza de los instrumentos financieros que contrataba", ya que no fue informado "con detalle" del producto de riesgo que adquiría."

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  5. Mi enhorabuena de nuevo y repetir lo mismo ¡¡¡¡A POR ELLOS!!!!

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  6. http://www.elcorreo.com/bizkaia/economia/201410/29/haberse-explicado-detalle-nadie-20141028223608.h

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  7. CARTAS A LA DIRECCIÓN
    La hipocresía de Fagor
    MARIA DEL MAR OYÓN ZARAUTZ - Miércoles, 29 de Octubre de 2014 - Actualizado a las 06:10h

    "Estos días aparecen en todos los medios de comunicación los casos de corrupción en España. Parece que estuvieran lejos de nosotros, los vascos, pero no lo están. El caso más claro, Bankia, es un paradigma. Empezando por los preferentistas, tenemos afectados similares: jubilados engañados que han perdido sus ahorros invirtiendo en subordinadas y aportaciones voluntarias de Fagor.

    Tenemos también las tarjetas black: directivos de Fagor que sacaron ocho millones de euros de sus aportaciones con información privilegiada e impidiendo a otros hacerlo un año antes del concurso. Para terminar, tenemos las puertas giratorias. Los directivos que llevaron a Fagor a la quiebra se han colocado en la alta dirección de Cata y Cevital, las empresas adquirientes. Estos mismos directivos solicitaron al juez concursal que se aceptara la oferta de Cata. Una empresa valorada en más de 900 millones de euros ha sido adquirida por 50 millones de euros.

    Se han perdido todos nuestros valores morales y éticos. Antes el cooperativismo era un referente de solidaridad, integridad y eficacia. Hoy las personas se dejan manipular por un grupo de directivos que eluden sus responsabilidades y manipulan los órganos de gestión. Algunos de los antiguos fundadores se echan las manos a la cabeza y muchos recordamos el espíritu de aquellas charlas formativas de cooperativismo que recibíamos cuando entrábamos a trabajar, con aquella enorme ilusión de estar creando y participando en algo nuevo."

    Publicado en Noticias de Gipuzkoa

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    1. Totalmente de acuerdo con lo expuesto.Antes "mentalizaban" a los socios sobre los valores cooperativos, tanto en las propias empresas como también en la casa-torre de Otalora. Supongo que ahora este edificio lo habrán transformado en agroturismo, porque ¿qué valores van a vender ahora? Por otra parte, en Euskadi siempre existe la tendencia de buscar a los ladrones y estafadores lejos de nuestras tierras, cuando en realidad los tenemos en casa.

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    2. ¿Valorada en 900 millones?
      Creo que 1.000 negativos se aproxima más a la realidad

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    3. Es curioso encontrar a autodenominados "socios" que luego hablan en tercera persona de las responsabilidades.
      Cuando uno entra en una cooperativa en calidad de socio debe asumir las ventajas e inconvenientes de hacerlo, disfrutando de los derechos pero aceptando las obligaciones, entre ellos el de elegir a las personas que deben dirigir la cooperativa y el de disponer de toda la información que crea necesaria sobre la empresa.
      Si se piensa que son "los otros" los que deben hacer las cosas y si uno sólo se preocupa de su nomina, no tiene ningún derecho a recriminar nada.
      Si se acusa de falta de solidaridad al resto de las cooperativas, es que uno no se ha molestado en informarse. Es muy fácil saber que se han depositado unos cientos de millones de euros (que se han perdido) para ayudar a Fagor Electrodomesticos. Ese dinero ha salido del bolsillo de los "socios" del resto de las cooperativas.
      Cada uno tendrá que revisar sus propios valores pero, desde luego, asumiendo sus responsabilidades, sin acusar alegremente a los demás.

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  8. "El pleno eskoriatzarra aprobó ayer por unanimidad, con los votos a favor del equipo de gobierno, cuatro de Bildu y uno de anteiglesias, uno del PNV y uno del PSE, la moción presentada a instancia de colectivos de afectados por la caída de Fagor Electrodomésticos y Edesa. Dos concejales, uno de Bildu y el de Ezker Anitza/IU, se fueron de sus asientos al trabajar en cooperativas y no poder votar. Al Pleno asistieron medio centenar de afectados.

    En la moción se pide entre otras cosas que «sean reubicadas de forma definitiva todas las personas que hayan perdido su puesto de trabajo, que se habiliten cuantas medidas sean necesarias para que, tras una negociación directa, se les puedan devolver a socios activos e inactivos los capitales sociales, préstamos mercantiles y aportaciones voluntarias que se les adeuda»."

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    1. Está muy bien que el pleno de un ayuntamiento apruebe mociones que no le corresponden, tales como pedir que las personas sean reubicadas de forma definitiva o que se devuelvan las aportaciones y prestamos.
      ¿Quién lo hará? ¿El ayuntamiento con su presupuesto? ¿Tomará en plantilla a los excedentes de Fagor?
      Adoptar acuerdos por quedar bien con los electores no es el mejor signo de la fiabilidad de una corporación municipal.
      Dada su cercanía al problema, deberían saber que las reubicaciones no constituyen ninguna obligación para las cooperativas, dado que son soberanas, sino que constituyen un compromiso de solidaridad que, desde luego, no es exigible por ningún ayuntamiento.
      Ni que decir tiene que las aportaciones y los prestamos de los socios no están garantizados por ninguna otra cooperativa.
      El propio ayuntamiento tendrá que aclarar cual es la entidad concreta a la que realiza sus exigencias.

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    2. ¿A quien se lo piden?

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  9. "El objetivo, no confesado, era 'liar a los clientes'
    Instrucciones de Catalunya Caixa a sus sucursales: "Si nos coge el Banco de España, nos corta los huevos"
    Información Sensible, 30 de octubre de 2014 a las 11:48
    El País y La Vanguardia omiten a Narcís Serra al escribir de la ruinosa gestión de Catalunya Banc
    La caradura de Narcís Serra: "Las subidas eran legales, leales y convenientes"
    El ex ministro Narcis Serra, imputado por cobrar 'sueldos excesivos' en Caixa Catalunya

    La cúpula de Catalunya Caixa, desesperada por la falta de liquidez, ordenó a sus ejecutivos entre 2009 y 2012 desplegar una política comercial despiadada con sus clientes.

    Las instrucciones se daban en correos electrónicos internos a los que ha tenido acceso Interviú, y en reuniones como una, clave, de abril de 2012, en la que los directores de sucursales de Castilla y León recibieron órdenes para colocar preferentes, vender pisos y liar con préstamos al público a sabiendas de su irregularidad.

    En abril de 2012, la tensión era extrema en Catalunya Caixa (Cx). La entidad llevaba tres años bordeando el abismo.

    Se agotaba la paciencia de los clientes, que querían cobrar intereses de sus preferentes o que les devolvieran el dinero, y a diario había broncas en las sucursales de la caja de todo el país.

    “A los clientes solo les faltaba aporrear la puerta”, relata un exejecutivo.

    Pero no había liquidez. Por eso Álvaro Visairas, director de zona de Cx para Castilla y León, habló sin rodeos a sus subordinados, directores de sucursal: solo podían abrir el grifo del dinero ante “amenazas, muerte, suicidio colectivo, situación dramática, yo qué sé: que el tío nos quiere matar, que se suicida… Solo en ese caso le hacemos un préstamo a tipo cero”.

    Los supuestos eran una exageración, pero la instrucción era muy real. Fue impartida el 11 de abril de 2012 en una reunión por videoconferencia –“una webex”, en el argot interno de la caja– de Visairas con directores de sucursal de Segovia, Ávila, Salamanca, León, Soria, Valladolid, Miranda de Ebro…

    A lo hablado en la reunión ha tenido acceso interviú con confirmación de participantes que incluso recuerdan frases textuales."

    NOTA.- Reportaje completo en Interviú.

    Publicado en periodistadigital.com

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  10. Esto es lo que dicen en "Navas & Cusí Abogado" en cuanto a la caducidad de la acción

    ... "desde Navas & Cusí Abogados queremos exponer mediante el presente texto uno de los puntos cruciales en toda reclamación y que indefectiblemente suelen plantear las Entidades en sus respectivas contestaciones de demanda. Estamos hablando concretamente de la caducidad de la acción y del plazo que tienen los afectados para plantear sus reclamaciones por la vía judicial.

    Así las cosas y por regla general, cuando se solicita la nulidad de las órdenes de compra de las participaciones preferentes alegando error en el consentimiento Bancos y Cajas automáticamente suelen oponerse a dicho argumento sosteniendo que el plazo para ejercer la acción es de 4 años y ésta, generalmente está extinta por el transcurso de la misma. Para sostener tal afirmación argumentan que el cómputo del plazo, se inicia desde el mismo instante en que se suscriben los contratos y las órdenes de compra.

    Y hete aquí la controversia, ya que la jurisprudencia mayoritaria considera que el cómputo del plazo para que empiece a operar la caducidad o prescripción, de conformidad con el “dies a quo”, no es el momento de la firma de los contratos, por lo que no debe confundirse consumación con perfección. De este modo mientras que “la perfección” vendría a ser el momento en que se formalizan los contratos, “la consumación”, de conformidad con la jurisprudencia mayoritaria, sería “cuando se produce el agotamiento y la realización de todas las obligaciones entre las partes”. En este sentido se pronuncia muy gráficamente la Audiencia Provincial de Barcelona, en su Sentencia de 25 de abril de 2014, cuando sostiene lo recientemente expuesto y añade que ello es así “sobre todo en contratos como el presente en que se acordó ante la adquisición como ulterior reventa, con fines financieros más que patrimoniales, en que dicha orden de venta es parte del contrato y por ende hasta su verificación no se “consuma” el contrato, máxime si también hay periódicas liquidaciones, durante las cuales se está consumando, lo que es lógico si se trata de atajar a dar respuesta a un vicio en el consentimiento por error, lo que solo se advierte cuando se cumple o consuma alguno de los efectos del contrato, a partir de lo cual sólo tiene sentido (pero no antes) reprochar la inactividad que la prescripción o caducidad reprocha.

    […]

    Por lo que en el caso de autos, no es que haya caducado el ejercicio de la acción, sino que resulta que el plazo para su ejercicio no había comenzado al tiempo de interponer la demanda, en tanto en ese momento no se había consumado o cumplido, en su integridad, los vínculos obligacionales generados entre las partes”

    En idéntico sentido se pronunció nuestro Alto Tribunal en su Sentencia de 11 de junio de 2003. Así las cosas, conviene remarcar especialmente de cara a todos aquellos afectados, que el mero hecho de haber suscrito el producto en 2005, 2009 o incluso en momentos anteriores, no les veta automáticamente la posibilidad de reclamar judicialmente la devolución de las cantidades depositadas en dicho producto, ya que como se ha dicho y expuesto el plazo de caducidad empieza a operar desde el momento en que están cumplidas todas las obligaciones contractuales nacidas entre las partes y no antes.

    Por todo ello, desde Navas & Cusí invitamos y animamos a todos aquellos afectados para que en caso de duda puedan acudir al despacho y recibir, sin ningún tipo de compromiso, el asesoramiento profesional y personalizado que se merecen."

    Navas & Cusí Abogados (@NavasCusi)

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  11. PAMPLONA. "Unos cincuenta afectados por las aportaciones subordinadas de Eroski y Fagor en Navarra, que hicieron un desembolso total de 1,2 millones de euros, han constituido una asociación con la que pretenden recuperar su dinero al entender que bancos y cajas no dieron suficiente información al comercializar este producto.

    Los promotores de la Asociación de Afectados Fagor Eroski Navarra han señalado en conferencia de prensa que esas cincuenta personas son una parte "ínfima" de los afectados en la Comunidad foral, donde puede haber "miles" de perjudicados, teniendo en cuenta que en el País Vasco hay unos 40.000."

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  12. SERÍA INTERESANTE SABER CUANTAS DEMANDAS HAY INTERPUESTAS EN LOS JUZGADOS...... y mandar una carta al ministerio de justicia y al fiscal o a quien corresponda de que no es de recibo de que los recursos de los juzgados tengan que cubrir uno a uno las posibles de mandas de 40000 afectados, cuando el error en el consentimiento al adquirir el producto es claro en la mayoría de los casos. Va a cubrir Caja Laboral todo el gasto que se está generando en la administración de justicia..... esos son recursos de todos que salen de la bolsa común....... y que en su parte correspondiente siguen arruinando a este pais.....

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